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Revista en la sus publicaciones semestrales y anuales cuyo objetivo principal es divulgar artículos inéditos sobre temas jurídicos e investigaciones en derecho civil, derecho penal, derecho laboral, derecho comercial, derecho constitucional y otras ramas relevantes en materia jurídica. Los artículos de nuestras revistas son arbitrados de manera anónima por especialistas externos a la institución y están dirigidas a magistrados, investigadores, docentes universitarios, estudiantes y a un público interesado en las cuestiones propias de la reflexión académica, el trabajo crítico y la investigación jurídica.


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Derecho PUCP es una revista de investigación académica de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú, comprometida con el debate general de ideas. Publica artículos de investigación jurídica o interdisciplinaria, en español o inglés, que tengan el carácter de inéditos y originales, los cuales son evaluados por pares, externos, bajo el sistema doble ciego. La revista es financiada por la Pontificia Universidad Católica del Perú. 
El público al que se dirige Derecho PUCP es principalmente: (i) investigadores en Derecho y en ciencias afines, (ii) profesionales en Derecho, y (iii) comunidad universitaria. 


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Un estudio especializado en resolver casos penales, con un enfoque proactivo y flexible para abordar tu preocupación principal: solucionar tu caso, que a la vez comentan en su blog reformas penales.









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COMENTARIOS A LA LEY N° 32130, MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL PARA FORTALECER LA INVESTIGACIÓN DEL DELITO COMO FUNCIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ Y AGILIZAR LOS PROCESOS PENALES

Este 10 de octubre de 2024 se acaba de publicar la Ley N.° 32130 en nuestro diario oficial “El Peruano”, esta ley ha introducido cambios relevantes al Código Procesal Penal respecto de la permanente dicotomía: “Policía Nacional y Ministerio Público”, modificaciones atinentes al rol de la Policía y el Ministerio Público en la investigación del delito, la recusación del juez, valoración de la confesión, entre otras reformas sustanciales al programa procesal penal de nuestra Constitución. Antecedentes inmediatos: El programa procesal penal definido por nuestra Carta Magna de 1993 encomienda textualmente al Ministerio Público el rol protagónico en la investigación del delito y le brinda autonomía constitucional para evitar intromisiones políticas que afecten la objetividad intrínseca de sus deberes como representante de la sociedad ante los tribunales. De esa forma, el artículo 159° de la Constitución delimita el rol de los fiscales en el desarrollo de la investigación y en la etapa judici...

COMENTARIO A LA LEY N.º 32108 Y EL CONCEPTO DE “ORGANIZACIÓN CRIMINAL”

Con la reciente Ley N°.32108, publicada el 09 de agosto del 2024 en el Diario oficial El Peruano, se ha modificado el artículo 317 del Código Penal, la Ley N.° 30077 y la Ley N.° 27379. El cambio legislativo ha conllevado a importantes reformas sustanciales y de índole procesal en la lucha contra la delincuencia organizada. Los aspectos que se abordarán en este comentario serán los concernientes al concepto de “organización criminal”, así como a sus cambios más significativos. Nociones previas . – Como antecedente legislativo inmediato, la regulación del artículo 317 del Código Penal se encontraba tipificado de la siguiente forma: “ El que promueva, organice, constituya, o integre una organización criminal de tres o más personas con carácter estable, permanente o por tiempo indefinido, que, de manera organizada, concertada o coordinada, se repartan diversas tareas o funciones, destinada a cometer delitos será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince ...

COMENTARIOS A LA LEY N.° 32108, QUE MODIFICA LA LEY N.° 30077 DE CRIMEN ORGANIZADO

COMENTARIOS A LA LEY N.° 32108, QUE MODIFICA LA LEY N.° 30077 DE CRIMEN ORGANIZADO: El 9 de agosto de 2024 se promulgó la Ley N.º 32108, una normativa que introduce modificaciones a los artículos 2 y 4 de la Ley N.º 30077 – Ley contra el Crimen Organizado. Esta ley se enmarca dentro de un esfuerzo legislativo más amplio orientado a fortalecer el marco jurídico contra las organizaciones criminales. Definición y criterios para determinar la existencia de una organización criminal – Artículo 2° Para efectos de la presente ley, se establecen las siguientes definiciones y conceptos clave que orientan la interpretación y aplicación de la normativa: Organización criminal: Se define como un grupo con una estructura compleja y desarrollada, que posee una alta capacidad operativa. Este grupo está compuesto por tres o más personas, con una organización estable, permanente o por tiempo indefinido. Los miembros de esta organización actúan de manera concertada y coordinada, distribuyendo roles inter...

COMENTARIOS A LA LEY N.° 32107: LEY QUE PRECISA LA APLICACIÓN Y LOS ALCANCES DEL DELITO DE LESA HUMANIDAD Y CRÍMENES DE GUERRA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA

El 9 de agosto de 2024 se promulgó en El Peruano la ley N.° 32107, que precisa la aplicación y los alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana; se define la vigencia del Estatuto de Roma y la Convención de Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad en el Perú en un marco temporal exclusivamente posterior a la aceptación de estos dispositivos internacionales, además de establecer la nulidad de todo proceso judicial o administrativo que haya considerado la figura de la imprescriptibilidad. Antecedentes inmediatos A inicios del siglo XXI, en plena transición a la democracia, se empezaron a adoptar diversos tratados internacionales que buscaban reforzar el estado de derecho, dos de los más relevantes en materia de delitos de lesa humanidad fueron las resoluciones legislativas N.° 27517, de fecha 15 de septiembre de 2001, que aprobaba el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, y N.° 27998, de fecha 11 ...